Programa Cuidar Cuidando
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PREPARANDO LA LLEGADA AL HOGAR
ACOMPAÑAR EN LA GESTACIÓN DE LA NUEVA FAMILIA.
Personas no gestantes: podrán optar por 180 días de licencia con goce de haberes que se distribuyen de la siguiente manera:
• 30 días flexibles no corridos previos al nacimiento/llegada de la crianza al hogar.
• 150 días a partir del nacimiento/llegada de la crianza.
• Acompañamiento económico para tratamientos de fertilización asistida y preserva de óvulos.
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BIENVENIDA AL HOGAR
ESTABLECER Y FORTALECER LOS VÍNCULOS FAMILIARES CON LA LLEGADA DE ALGUIEN MÁS AL HOGAR
• Personas gestantes: pueden optar por 90 días de excedencia con el total de pago de los haberes, trabajando media jornada o sin trabajarla.
• Personas no gestantes: luego del nacimiento o llegada del niño, niña o adolescente pueden optar por 150 días de licencia con goce de haberes, que podrán ser tomados durante el primer año de la crianza.
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NUTRICIÓN Y CUIDADOS
CUIDAR DE LA NUTRICIÓN Y ASEGURAR LOS CUIDADOS BÁSICOS DE LAS INFANCIAS A CARGO.
• Persona gestante: se adiciona 1 hora de nutrición a la dada por la ley.
• Persona no gestante: podrán optar por 1 hora de nutrición durante el primer año de vida de la crianza.
• Personas gestantes y no gestantes: reintegro de un monto fijo por gastos de cuidado de las crianzas desde 45 días a 3 años.
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MOMENTOS DIFÍCILES
ESTAR ACOMPAÑADOS EN MOMENTOS PERSONALES DIFÍCILES.
• Para el caso de la persona cuidadora única de familiar con enfermedad se darán 10 días hábiles por año con goce íntegro de haberes.
• Pérdida gestacional / fallecimiento de pareja o crianza: se darán 10 días hábiles con goce de haberes. Además, se brindará la posibilidad de prestación dineraria, a definir por la empresa, como medio para afrontar los gastos.
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PATERNAR Y MATERNAR
CUIDAR POR IGUAL SIN DISTINCIÓN DE GÉNERO, A QUIÉNES REQUIERAN CUIDADOS DENTRO DE SU HOGAR.
• Talleres de concientización para acompañar el nuevo modelo.
• Acompañamientos focalizados para personas cuidadoras.
El programa otorga 180 días optativos de licencia para todas las personas que trabajamos en Arredo y elegimos maternar o paternar, sin distinción de género. Esto quiere decir que, a los 90 días de licencias contemplados por Ley 20.744 de Contrato de Trabajo, el programa Cuidar Cuidando permite a las personas gestantes sumar 90 días corridos, alcanzando 180 días de licencia y percibiendo su salario completo. Además, que las personas no gestantes tengan derecho al mismo beneficio.
Asimismo, contempla todas las etapas y situaciones de cuidado, desde la preparación del hogar hasta la llegada de la llegada de la infancia o adolescencia, su nutrición, el acompañamiento en situaciones difíciles, la atención de personas a cargo, entre otras.
De esta forma, el programa contempla:
● 180 días para personas gestantes y no gestantes.
● 1 hora extra diaria anual para alimentación, en personas gestantes y no gestantes.
● Extensión de licencias por nacimientos de personas con discapacidad, nacimientos o adopciones múltiples, nacimientos prematuros o con enfermedades crónicas.
● Extensión de licencias por fallecimiento y pérdida gestacional.
● Descuentos en fertilidad asistida y preserva de óvulos.
● Reconocimiento por gastos de cuidado.
● Acompañamiento psicológico, económico y nutricional.
● Grupos de acompañamiento para paternar/maternar.
● Charlas de concientización.
● Licencia para cuidado de familiar con enfermedad.
El programa promueve cambios culturales
Hacia el desarrollo de una sociedad más justa, consciente y sustentable, reivindicando la igualdad de oportunidades como un derecho en el respeto de la diversidad humana y sembrando alternativas para asumir la libertad de elegir cómo vivir. Para Arredo, creer en la diversidad es respetar todas las composiciones familiares. Y “Cuidar Cuidando” es para todas las personas, bajo cualquier circunstancia en la que se requieran cuidados.